Pasos obligatorios para todos los autónomos:
Alta en el impuesto de actividades económicas (I.A.E):
Es una tasa que grava el ejercicio de la actividad profesional. Clasifica las actividades empresariales y profesionales a través de un código que se llama “epígrafe de la actividad“. Se realiza en la Agencia Tributaria. leer más
Alta Censal y opción del régimen fiscal:
Se tramita en la Agencia Tributaria. Se debe completar el impreso 036 en el se opta por el régimen fiscal correspondiente e indicar la actividad que se va a realizar y los datos de la empresa. leer más
Afiliación en el Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social:
Se realiza en Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Desde el alta censal, se dispone de un periodo de 30 días naturales para realizar la inscripción. Se ha de llevar el modelo 036, el DNI y el modelo TA521/1 de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Este último podrá cumplimentarse en la misma oficina de la TGSS. leer más
Pasos obligatorios casos especiales:
Licencia de Apertura y Licencia de Actividades e Instalaciones:
Este trámite, que se formaliza en el Ayuntamiento correspondiente, es necesario para poder registrar una empresa y debe ir acompañado de un proyecto de instalación. Sin embargo, no todas las actividades requieren una licencia: por ejemplo un profesor que imparte clases en centros educativos no propios, no está obligado a tramitarla.
Otros pasos:
Inscripción en el registro mercantil. leer más.